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Subsidio al empleo - 1° de mayo 2024

contayfiscalmexico

Este primero de mayo de 2024, se publico en el Diario Oficial de la Federacion, la modificacion al Subsidio al empledo que se había estado aplicando. El subsidio para el empleo es un beneficio fiscal diseñado para apoyar a los trabajadores remunerados con bajos ingresos, para reducir el impacto del impuesto sobre la renta en su economía. El incremento progresivo en los salarios y el salario mínimo ha provocado que el subsidio para el empleo pierda efectividad como mecanismo de apoyo fiscal al ingreso de los trabajadores, habiendo ser superado el límite maximo superior de ingresos por $ 7,382.33 pesos. Por lo cual modifican el procedimiento del cálculo del subsidio al empleo, para sustituir la tabla actual de montos variables de subsidio para el empleo, por una cuota mensual equivalente al 11.82% del valor mensual de la Unidad de Medida y Actualización, aplicable de manera uniforme a todos los trabajadores cuyo salario mensual no exceda los $9,081.00 (nueve mil ochenta y un pesos 00/100 M.N.), con el propósito de disminuir el impuesto sobre la renta a su cargo. Para el ejercicio fiscal de 2024, el porcentaje de 11.82% representa un monto mensual de $390.00 (trescientos noventa pesos 00/100 M.N.). Esto se obtiene multiplicando el valor mensual de la UMA: 3, 300.53 x 11.82%= 390.00. Dicho subsidio para el empleo se aplicará contra el impuesto sobre la renta correspondiente al mes de calendario de que se trate.

En los casos en que el impuesto a cargo del trabajador sea menor que el subsidio para el empleo mensual obtenido conforme a este artículo, la diferencia no podrá aplicarse contra el impuesto que resulte a su cargo posteriormente, ni se entregará cantidad alguna por concepto del subsidio para el empleo establecido en este artículo. Quienes realicen pagos por salarios correspondientes a periodos menores a un mes, para calcular el subsidio para el empleo correspondiente a cada pago, dividirán la cantidad que resulte de multiplicar el valor mensual de la Unidad de Medida y Actualización por 11.82% entre 30.4. El resultado así obtenido se multiplicará por el número de días al que corresponda el periodo de pago para determinar el monto del subsidio para el empleo que le corresponde al trabajador por dichos pagos. El articulo 4° de este decreto nos indica: "El subsidio para el empleo a que se refiere este decreto no se considerará como ingreso acumulable ni formará parte del cálculo de la base gravable de cualquier otra contribución por no tratarse de una remuneración al trabajo personal subordinado." Es importante identificar su aplicacion en el ambito del pago de nomina.

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